Querella
Recordamos que a principios del año 1.999, ya constituida la Asociación,
el Presidente y Vicepresidente de la misma se ponen en contacto con varios
abogados de Guadalajara. Siempre se les plantea la misma consulta:
Si las calles y demás
zonas públicas de la Urbanización Sotolargo están
cedidas y aceptadas por el Ayuntamiento de Valdeaveruelo, ¿procede
la disolución de la E.U.C. según el artículo
67 del Reglamento de Gestión urbanística?
Y cada vez la respuesta es la misma:
por
supuesto que sí. Se les pide informe
por escrito para a continuación llevar a cabo las acciones legales
pertinentes.
Dado que los abogados consultados, a los pocos días se desdicen
y nos cuentan que las acciones judiciales no prosperarían, nos dirigimos
a un bufete de Madrid, pensando que por su distancia serán más
objetivos y menos influenciables que los de Guadalajara.
Se estudian los datos que les aportamos y llegan a la siguiente conclusión:
Si las calles y demás
zonas públicas están cedidas
y aceptadas por el Ayuntamiento , si los miembros del Consejo Rector
tienen conocimiento de ello y no se ha disuelto la E.U.C. como manda la
Ley, todos
los propietarios integrantes de la E.U.C. hemos sido
estafados y nos tienen que devolver nuestro dinero.
La forma legal de conseguir esto es interponer una querella criminal contra
los responsables de esta estafa. Transcribimos los párrafos más
destacados del escrito presentado en el Juzgado.
La Querella
se presenta a primeros de Junio de 1.999, se admite
a trámite y se procede a la incoacion de diligencias previas el
22 de Septiembre de 1.999. El Juzgado número cuatro toma una primera
declaración
a los imputados, sin embargo la Asociación no es requerida para
la oportuna ratificación.
A la vista de las declaraciones de los imputados, el Juzgado
pide cierta documentación al Presidente de la E.U.C.
Sin darnos oportunidad de exponer nuestras razones, y sólo tomando
una primera declaración a los imputados el 29 de Diciembre de 1.999
el juez decreta el sobreseimiento
provisional, porque no se demuestra que "hubo
lucro , no hay estafa". Insistimos en el hecho de que quedaba suficientemente
demostrado en el escrito presentado por los abogados, y que no nos llamaron
ni una sóla vez a declarar, ni tan siquiera para ratificarnos.
Por supuesto que se recurrió
este fallo, pero como era de esperar no tuvo ninguna consecuencia.
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