Recurso Incremento Intereses Legales
El Recurso "ad cautelam" se hace por la necesidad
de impugnar acuerdos que, en teoría, no son válidos. No son
válidos porque la Asamblea esta impugnada en su totalidad, como
el Ayuntamiento no contesta, debemos presentar esta clase de Recursos,
por si acaso la resolución del original no fuese favorable.
DIGO:
Que ad cautelam, por medio del presente escrito vengo a interponer RECURSO
ORDINARIO contra la aprobación del acuerdo de "incrementar
con los intereses legales las cantidades de los recibos impagados",
tomado en la celebración de la Asamblea General de la E.U.C. Sotolargo
del once de Febrero de mil novecientos noventa y seis, en base a los siguientes
Hechos y Alegaciones:
Que, no está contemplado en los Estatutos
de la E.U.C., ningún incremento por impago de cuotas,
por lo que este acuerdo es antiestatutario y por consiguiente ilegal.
Por lo expuesto,
Suplico a Vd. se digne tener por presentado
este escrito, en tiempo y forma al haber sido interpuesto en el plazo de
un mes, establecido para el Recurso de Alzada u Ordinario, por el artículo
114.1 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre del Régimen Jurídico
de las Administraciones Púbicas y del Procedimiento Administrativo
Común, por interpuesto Recurso Ordinario y en atención
a los hechos que han quedado expuestos, se sirva ordenar que quede
sin efecto el acuerdo impugnado de la citada Asamblea General.
Por ser de Justicia que pido en Sotolargo (Guadalajara) a veinte de
Junio de mil novecientos noventa y seis.