Recurso Incremento Intereses Legales

El Recurso "ad cautelam" se hace por la necesidad de impugnar acuerdos que, en teoría, no son válidos. No son válidos porque la Asamblea esta impugnada en su totalidad, como el Ayuntamiento no contesta, debemos presentar esta clase de Recursos, por si acaso la resolución del original no fuese favorable.

DIGO:

Que ad cautelam, por medio del presente escrito vengo a interponer RECURSO ORDINARIO contra la aprobación del acuerdo de "incrementar con los intereses legales las cantidades de los recibos impagados", tomado en la celebración de la Asamblea General de la E.U.C. Sotolargo del once de Febrero de mil novecientos noventa y seis, en base a los siguientes

Hechos y Alegaciones:

Que, no está contemplado en los Estatutos de la E.U.C., ningún incremento por impago de cuotas, por lo que este acuerdo es antiestatutario y por consiguiente ilegal.

Por lo expuesto,

Suplico a Vd. se digne tener por presentado este escrito, en tiempo y forma al haber sido interpuesto en el plazo de un mes, establecido para el Recurso de Alzada u Ordinario, por el artículo 114.1 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre del Régimen Jurídico de las Administraciones Púbicas y del Procedimiento Administrativo Común, por interpuesto Recurso Ordinario y en atención a los hechos que han quedado expuestos, se sirva ordenar que quede sin efecto el acuerdo impugnado de la citada Asamblea General.

Por ser de Justicia que pido en Sotolargo (Guadalajara) a veinte de Junio de mil novecientos noventa y seis.
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