Alcalde – Presidente
Plz. San
Juan s/n
19173
Valdeaveruelo
En nombre de
los propietarios de parcelas de Sotolargo integrantes en la "Asociación
Sotolargo", acreditado ya en ese Ayuntamiento, y según los Estatutos
de la misma, ante el Ayuntamiento de Valdeaveruelo comparecemos y como mejor
proceda en derecho
DECIMOS:
Que ad
cautelam, por medio del presente escrito, venimos a interponer RECURSO ORDINARIO
contra los acuerdos del Acta 153 de la Junta del 18/09/99 del Consejo Rector
de la Entidad Urbanística Colaboradora de Conservación “Residencial
Sotolargo”, ante el organismo competente, basándose en los siguientes
HECHOS:
Que se
ha admitido a trámite la querella interpuesta por esta Asociación,
en relación a la existencia de la Entidad Urbanística Colaboradora
de Conservación “Residencial Sotolargo” (en adelante E.U.C.)
Entendemos,
que si la existencia de la E.U.C. está pendiente de una decisión
judicial, no debería el Ayuntamiento como responsable subsidiario,
consentir que el Consejo Rector de la E.U.C. tome ningún tipo de acuerdos,
y mucho menos, aquellos que implican al Ayuntamiento, puesto que si la E.U.C.
se disuelve, el Ayuntamiento se tendrá que hacer cargo de lo que quede
(bienes y deudas) según los Estatutos y el Reglamento de Gestión
Urbanística.
Que el
Consejo Rector de la E.U.C. hace caso omiso de los recursos que se plantean,
solicitamos que para evitar males mayores, el Ayuntamiento proceda a la suspensión
cautelar de la E.U.C. hasta que los Jueces dicten sentencia.
Que esta
Asociación interpuso RECURSO ORDINARIO contra la celebración
de la Asamblea General Extraordinaria de la E.U.C. del día cinco de
Septiembre de mil novecientos noventa y nueve, y que a fecha de hoy no hemos
recibido el acta correspondiente. Por tanto ni sabemos lo que se trató
(no había lugar a acuerdos como ya indicamos en nuestro anterior
recurso), y se nos priva, una vez más, de nuestro derecho a impugnar,
incumpliéndose los artículos 10, f) y 30, punto 2 de los Estatutos
de la E.U.C. Sotolargo.
Que se acuerda, entre
otros, "asumir la deuda que tenía Pribersa con el Ayuntamiento
de Valdeaveruelo por el concepto de IBI y Plusvalías, levantando
además el embargo de Cooperativa Malagueña" Así
mismo se acuerda "solicitar un crédito por importe de 25.000.000
pesetas a diversas entidades bancarias.
Que en
el caso de que la E.U.C. fuese legítima, los propietarios integrantes
en la misma no tienen ninguna obligación de pagar unas deudas de
una empresa privada, aunque se acuerde en Asamblea, lo cual tampoco ha tenido
lugar.
Que así
mismo aún en el caso de que la E.U.C. fuese legítima, este
acuerdo incumple los Estatutos en varios artículos:
· Art. 5, Objetos y fines, e) sólo se pueden comprar terrenos
sin edificar
· Art. 5, Objetos y fines, i). los créditos sólo son
para los bienes cuya titularidad ostente la E.U.C.
· Art. 21, Facultades del C. R., f) adquirir terrenos para dotación
de sistemas interiores.
· Art. 21, Facultades del C. R., h) pedir créditos para conservación.
Que se
acuerda, entre otros, "Enviar escrito de agradecimiento al Alcalde de
Valdeaveruelo, D. Luis Maldonado, y a su corporación, por el apoyo
que nos ha demostrado en la Asamblea General Extraordinaria, así
como en las negociaciones que hemos mantenido para la adquisición
de las Instalaciones Deportivas"
Por lo expuesto,
Solicitamos
se dé por presentado este escrito, por interpuesto Recurso Ordinario
en tiempo y forma y en atención a los hechos que han quedado expuestos,
y basándose en los artículos 30, 67 y 68 del Reglamento de
Gestión Urbanística, proceda a la suspensión cautelar
de la Entidad Urbanística Colaboradora de Conservación “Residencial
Sotolargo”.
Solicitamos
anule los acuerdos adoptados por el Consejo Rector de la Entidad Urbanística
Colaboradora de Conservación “Residencial Sotolargo”, del día
18/09/99.
Igualmente
solicitamos nos informe sobre el “apoyo del Ayuntamiento”
a la que hace referencia el acta citada.
Por ser de Justicia
que pedimos en Sotolargo (Guadalajara) a trece de Octubre de mil novecientos
noventa y nueve
Presidente
Fecha y registro de entrada en el Ayuntamiento de Valdeaveruelo: 02/09/1999, nº 477.