DECIMOS:
Que por medio del
presente escrito venimos a interponer RECURSO ORDINARIO contra la
celebración de la Asamblea General de la E.U.C. Sotolargo del 28
de Febrero de mil novecientos noventa y nueve, en base a los siguientes
HECHOS Y ALEGACIONES:
En virtud del artículo
29 del Reglamento de Gestión Urbanística interpongo este
recurso ante el órgano establecido en el mismo, el Ayuntamiento.
- Que se celebra una
Asamblea General de la E.U.C. “Residencial Sotolargo” el día 28
de Febrero con el fin de aprobar unas cuentas de unos gastos “supuestamente”
comunes. Estos gastos no existen, puesto que según la escritura
de cesión, debidamente registrada (Registro 1; Libro 23; Tomo
1371), no existe ningún elemento común. Y los que hay son
de un Club de propiedad privada.
Por lo expuesto,
Solicitamos
se de por presentado este escrito, por interpuesto Recurso Ordinario y
en atención a los hechos que han quedado expuestos, se sirva ordenar
que
Quede sin efecto la citada Asamblea General.
Por ser de Justicia que pedimos en Sotolargo (Guadalajara) a 20 de Marzo de mil novecientos noventa y nueve
Presidente
Vicepresidente